Licencias de explotación de vivienda vacacional

Licencias de explotación de vivienda vacacional. Desde la publicación del Decreto 113/2015 de 22 de mayo en el Boletín oficial de Canarias la regulación legal de las viviendas vacacionales en Canarias permite alquilar estas viviendas a turistas.

Ahora bien, las prohibiciones y exclusiones son tantas que lo que se ha producido es en realidad, una prohibición de este tipo de alquileres, pues hasta el 29 de mayo de 2015 existía una situación de alegalidad y con la nueva regulación se somete a esta actividad a numerosas trabas y prohibiciones.

Para empezar, el destino de cualquier tipo de vivienda para fines turísticos se encuentra sometido actualmente a la obligación de presentar “declaración responsable”, por así establecerlo la ley de turismo de Canarias.

¿Qué implica la declaración responsable?

En la declaración responsable el interesado está manifestando:

  • El cumplimiento de las exigencias establecidas en el Decreto.
  • Que dispone de la acreditación que así lo acredita.
  • Compromiso del interesado a mantener el cumplimiento de los requisitos en el tiempo.

Existen otro muchos requisitos, como la comunicación a las fuerzas de seguridad del estado del inicio de la actividad, las obligaciones tributarias correspondientes, el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, etc…

La tramitación de la concesión de la licencia para la explotación vacacional de la vivienda, puede variar según la documentación existente sobre la vivienda, el año de construcción, el municipio, y otras circunstancias; por ello desde Estudio Jurídico B&B te recomendamos que te asesores antes de iniciarte en dicha actividad.

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Pincha en el enlace para acceder al Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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